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“UN CUBREBOCAS, UNA SOLUCIÓN”

 En el mes de septiembre de 2020, en la alcaldía Cuauhtémoc específicamente en la Colonia Santa María la Ribera se encuentra ubicado el “kiosco morisco” es un kiosco, pabellón, situado en el centro de la Alameda, siendo el símbolo de la colonia, una de sus construcciones más características y centro de reunión de la comunidad. Se denominó morisco porque su parecido a la arquitectura mora y su decoración tan detallada, al ser una arquitectura colonial es frecuentada por demasiadas personas a lo largo de la semana, incrementándose en los días de descanso (sábado – domingo), una problemática dentro de este pabellón es que en tiempos de pandemia y peor aún cuando la colonia se encuentra en semáforo rojo,  los botes de basura de dicho recinto y sus alrededores fueron retirados sin previo aviso, haciendo que la gente tire la basura (entiéndase cubrebocas, desechos caninos, y basura en general) en la via pública , entendiéndose  como “Todo espacio terrestre de uso común delimitado por los per

abogavirus

  ROHIBICIONES EN TIEMPOS DEL CORONAVIRUS ¿son legales?     Vivimos tiempos muy difíciles, los cuales han puesto tanto a los ciudadanos como a  las leyes mexicanas a su limite, pues nos encontramos en una situación sin precedentes, una situación que ha llegado a poner en duda la capacidad de el estado mexicano así como de sus leyes de mantener el estado de derecho y la legitimidad de sus actos y a la vez manejar de manera optima la pandemia que hoy nos aqueja. Es mas que claro que dentro de las atribuciones y facultades de el estado mexicano se encuentra velar por el bienestar de el pueblo, y en este sentido el gobierno ha impuesto una serie de restricciones a los ciudadanos y empresas mexicanas en las cuales merman o completamente evitan la capacidad de percibir dinero de los individuos que tienen un giro que la autoridad considera como de alto riesgo de contagio, y es aqui donde llegamos a dilucidar que hay una ponderación de derechos donde el estado intenta por medio de estas prohib

El valor de la muerte

  Diego Romo de Vivar Chevez Hay más de una historia de personas que lastimosamente han fallecido por culpa de alguna gran empresa, negligencia medica o negligencia de algún tercero, y que  a pesar de que es mas claro que el agua la responsabilidad que estos han tenido en la muerte de esa persona, los homicidas han salido o impunes o bien siendo sentenciados a indemnizar a la familia de la victima con montos ridículos. ¿pero hay manera de reclamar una indemnización cuando menos mas digna?   La respuesta sencilla es que si, pero al no ser tan fácil como reclamar una indemnización de dimensiones ridículas, y esto es por que en un principio las indemnizaciones se suelen cobrar por el "precio" de la vida de una persona  según la ley federal de trabajo  en la cual por una serie  de operaciones no tan fáciles de comprender por los mortales a partir del salario de la victima, edad, entre otras cosas; terminan indemnizando a la victima con montos inferiores a las 5 cifras, sin embarg

Derecho y la Muerte

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 Para entender tenemos que situarnos hasta el derecho romano, quienes por maneras religiosas innovaron en figuras muy importantes que hasta el día de hoy influyen en nuestra sociedad una de ellas es la sucesión   su religión al morir te otorgaba un equivalente a un pequeño dios por eso por una cuestión de respeto y estima se invento la sucesión, con la cual se buscaba proteger a tu familia en agradecimiento a esto tu familia como lo díctala la religión debías ser venerado después de tu muerte.  En este concepto se busco que los descendientes de la persona que había fallecido concertaran su hogar terenos para salvaguardar su integridad después de varios años actualmente se sigue usando lo que un inicio fue creado por los antiguos romanos. ya que común mente solemos ocuparnos de detalles como estos ya que estamos cercanos a la muerte desde un punto de vista tanto así que es común en nuestro país la practica de dictar tu testamento en tu lecho de muerte es curioso por que realmente no exi
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  Derecho a la justicia  En el estado mexicano todos los ciudadanos mexicanos tienen el derecho al acceso a la justicia el cual se desprende del articulo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que menciona  Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales. Este derecho es muy importante ya que estamos en un estado de derecho, y es importante que la población integrante del estado mexicano conozcan sus derechos y como los pueden hacer valer. En este caso en especifico lo que expresa el articulo 17 Constitucional el derecho a la audiencia lo que significa que todos los mexicanos tenemos derecho a que los tribunales nos administren justicia y al hacer cualquier petición como se menciona en el articulo 8 de

SENTENCIA

Sentencia: La sentencia es la decisión que emite el juzgador sobre el litigio sometido a su conocimiento y mediante la cual normalmente pone termino al proceso. ARTICULO 220 CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES:   Las resoluciones judiciales son decretos, autos o sentencias; decretos, si se refieren a simples determinaciones de trámite; autos cuando decidan cualquier punto dentro del negocio, y sentencias, cuando decidan el fondo del negocio.  ARTICULO 222 CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES: Las sentencias contendrán, además de los requisitos comunes a toda resolución judicial, una relación suscinta de las cuestiones planteadas y de las pruebas rendidas, así como las consideraciones jurídicas aplicables, tanto legales como doctrinarias, comprendiendo, en ellas, los motivos para hacer o no condenación en costas, y terminarán resolviendo, con toda precisión, los puntos sujetos a la consideración del tribunal, y fijando, en su caso, el plazo dentro del cual deben cumplirse.  ---

Derechos Humanos y amparo indirecto

DERECHOS HUMANOS  Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición. Entre los derechos humanos se incluyen el derecho a la vida y a la libertad; a no estar sometido ni a esclavitud ni a torturas; a la libertad de opinión y de expresión; a la educación y al trabajo, entre otros muchos. Estos derechos corresponden a todas las personas, sin discriminación alguna. Boni, A. (2007): “Derechos Humanos”, en Diccionario de Educación para el Desarrollo. Instituto Hegoa. Bilbao. AMPARO INDIRECTO El Amparo Indirecto es aquel que se ejercita generalmente contra actos de autoridades distintas a las judiciales, mismo que está sujeto a dos instancias: la primera de ellas, por regla general, ante el órgano jurisdiccional federal, cuyas sentencias pueden ser revisadas en una segunda instancia por los Tribunales Colegiados de Circuito.  Bu  Burgoa Orihuela, Ignacio. El Juic

capacidad y testamento

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  CAPACIDAD La capacidad, e s la aptitud de una persona para adquirir derechos y contraer obligaciones por sí misma; La c apacidad se clasifica en dos: Capacidad de goce: es la idoneidad que tiene una persona para adquirir derechos y contraer obligaciones. Capacidad de ejercicio: es la idoneidad de una persona para ejercer personalmente tales derechos y cumplir las obligaciones. La capacidad va paralela a la personalidad, se debe ser necesariamente persona para tener capacidad.  La imposibilidad de ejercer o gozar la capacidad de obrar se conoce como incapacidad. TESTAMENTO El testamento es el acto jurídico por el cual una persona dispone para después de la muerte del dueño de todos sus bienes o parte de ellos. Cuando una persona muere sin dejar testamento se dice que ha fallecido intestado, si bien generalmente, el testamento es un acto jurídico en el que se hace una disposición de bienes. El testador es la persona que hace testamento. Puede testar quien tiene capacidad de obrar y la

MATRIMONIO

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  Matrimonio:  Es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua.  Para que el matrimonio cuente con reconocimiento y efectos legales, es necesario que se celebre ante la autoridad administrativa correspondiente, o sea un Juez del Registro Civil y que se cumplan las formalidades establecidas en la ley . Fines del matrimonio = v   Comunidad de vida. v   Procreación. v   Educación de hijos. Naturaleza jurídica = v   Institución jurídica  que tiene una regulación propia. v   Acto jurídico  que se celebra por voluntad propia. Requisitos = v   Ser mayor de edad. v   Capacidad de goce y ejercicio. v   Curso prenupcial. v   No moroso en cuestión alimentaria. v  Llenar los formatos conforme a la regulación del registro civil .      Artículo 97 CODIGO CIVIL FEDERAL.-  Las personas que pretendan contraer matrimonio presentarán un escrito al Juez del Registro Civil del domicilio de cualquiera de ellas, que exprese: I.

Jurisprudencia judicial y el usufructo.

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  La jurisprudencia judicial es la interpretación de la ley, firme, reiterada y de observancia obligatoria, que emana de las ejecutorias pronunciadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, funcionando en pleno o por salas, y por los Tribunales Colegiados de Circuito. El usufructo  se puede constituir, por un plazo que puede ser hasta fecha determinada con plazo de finalización. También puede constituirse bajo una condición suspensiva o resolutoria. Tratándose de usufructo sobre inmuebles, el contrato se debe inscribir en el registro de la propiedad como en cualquier otro derecho real. De igual forma el usufructo se puede constituir por testamento, pudiendo ser incluso para varias personas en forma conjunta o sucesivamente. El usufructo se constituye por prescripción (transcurso del tiempo), cuando existe la creencia de poseer un derecho para adquirirlo, y la posesión legitima del derecho, creído adquirido, durante el tiempo fijado por la ley. Finalmente, el usufructo s

Querella y demanda

 José Juan Santa Ana  Querella  es un acto procesal que pone en conocimiento del juez un acto punible y expresa la voluntad de ejercitar la acción penal. La  querella , es un derecho, que posee todos los ciudadanos, que hayan sido ofendidos por delitos cometidos contra su persona o bienes. El significado procesal de una demanda demanda es la declaración de voluntad de una persona física o jurídica, formulada por escrito y dirigida al órgano judicial, donde se solicitará el comienzo de un litigio, su tramitación y la finalización del mismo mediante sentencia favorable a los intereses del demandante.

Bienes

Bienes accesorios:   Los que dependen de otros o a ellos se está adherido. Bienes inmuebles:  Aquellos bienes que no se pueden trasladar de sitio o ubicación sin que éstos se destruyan o sufran deterioro. Bienes indivisos:   Los que pertenecen a dos o más personas sin que esté individualizada la parte concreta que pertenece a cada una de ellas. Bienes inmuebles:  Todos aquellos  bienes considerados  bienes  raíces, por tener de común la circunstancia de estar íntimamente ligados al suelo, unidos de modo inseparable, física o jurídicamente al terreno. 

Juicio de Amparo.

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El juicio de amparo es un medio o herramienta de defensa que es muy utilizado y del que se habla mucho, pero en ocasiones, es difícil entender bien cuál es su objeto y su funcionamiento. Conocer el amparo es necesario no sólo para quienes son abogadas o abogados, es importante para cualquier persona, sea porque en algún momento podemos necesitar defender nuestros derechos a través de la protección del poder judicial, o bien porque conocer nuestros derechos y la forma de garantizarlos nos hace una sociedad más libre, democrática, comprometida con el fortalecimiento del estado de Derecho y con la búsqueda permanente de justicia y equidad. Conocer de qué trata el juicio de amparo es importante para que cualquier persona o grupo defienda sus derechos. En el siguiente video te enseñaremos como, en donde y cuando puedes hacer valer tan valioso recurso creado por abogados mexicanos y que ahora forma parte del derecho internacional, no te quedes con la curiosidad y aprende más:   ¿Si te gustar