Derechos Humanos y amparo indirecto

DERECHOS HUMANOS 

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición. Entre los derechos humanos se incluyen el derecho a la vida y a la libertad; a no estar sometido ni a esclavitud ni a torturas; a la libertad de opinión y de expresión; a la educación y al trabajo, entre otros muchos. Estos derechos corresponden a todas las personas, sin discriminación alguna.


Boni, A. (2007): “Derechos Humanos”, en Diccionario de Educación para el Desarrollo. Instituto Hegoa. Bilbao.


AMPARO INDIRECTO


El Amparo Indirecto es aquel que se ejercita generalmente contra actos de autoridades distintas a las judiciales, mismo que está sujeto a dos instancias: la primera de ellas, por regla general, ante el órgano jurisdiccional federal, cuyas sentencias pueden ser revisadas en una segunda instancia por los Tribunales Colegiados de Circuito.

 Bu

 Burgoa Orihuela, Ignacio. El Juicio de Amparo. Editorial Porrúa. México, 2009.


TRAMITE LEGAL (ESCRITURACIÓN)

Al adquirir un inmueble como resultado de un esfuerzo económico es vital escriturar a tu nombre para poder comprobar la propiedad de ese bien. Eso garantiza y brinda certeza y seguridad jurídica de que eres propietario de tu casa o departamento.

Pasos para escriturar

Acude al notario, quien para escriturar solicitará el título de propiedad o escritura de la persona que va a vender. Y, si la persona que va a vender aparece como casada en el título que le acredita como dueña, también deberá presentar su acta de matrimonio.

Debe cerciorarte que no exista un juicio sucesorio pendiente de ser resuelto, que la propiedad no tenga alguna hipoteca o cualquier otro gravamen (que esté al corriente del pago de impuesto predial y derecho por servicio de agua y obras públicas).

El notario deberá obtener un avalúo del inmueble y, si el mismo está ubicado en la CDMX, un certificado de zonificación de uso de suelo, el cual sirve para acreditar el uso de suelo al que está destinado el inmueble en cuestión.

Antes de firma debes pagar la cantidad acordada en la compraventa y también hay que cubrir los impuestos, derechos y gastos notariales.

Una vez que se han pagado los impuestos, el notario elaborará el testimonio de la escritura y tramitará su inscripción en el Registro Público de la Propiedad, dando por terminado así el proceso de escrituración.

GUTIÉRREZ Y GONZÁLEZ, ERNESTO, Bienes y Sucesiones, México, Porrúa, 2008

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